La cesión se
sancionará con un libre indirecto que se sacará desde el lugar dónde la coja el
portero con las manos, de acuerdo con la normativa que se encuentra en el apartado
“reglas de compromiso” en el post que lleva por título “Reglamento”, cuya fecha
de publicación es 24 de noviembre de 2009, y que dice así:
Tiro libre indirecto a favor del equipo atacante:
• Todos los adversarios deberán encontrarse como mínimo a 6 metros del balón hasta que esté en juego, salvo si se encuentran ubicados sobre su propia línea de meta entre los postes de meta.
• El balón estará en juego en el momento en que es jugado con el pie y se pone en movimiento.
• Un tiro libre indirecto concedido en el área de meta se lanzará desde el punto de la línea del área de meta, paralela a la línea de meta, más cercana al lugar donde se cometió la infracción.
• Todos los adversarios deberán encontrarse como mínimo a 6 metros del balón hasta que esté en juego, salvo si se encuentran ubicados sobre su propia línea de meta entre los postes de meta.
• El balón estará en juego en el momento en que es jugado con el pie y se pone en movimiento.
• Un tiro libre indirecto concedido en el área de meta se lanzará desde el punto de la línea del área de meta, paralela a la línea de meta, más cercana al lugar donde se cometió la infracción.
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